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Apertura del Congreso: ¿qué son las sesiones ordinarias?

Si tenés sólo unos segundos, leé estas líneas:
  • El Presidente de la Nación las inaugura cada año, pero las cámaras también pueden sesionar por fuera de ese período, si se prorrogan las ordinarias o si el Poder Ejecutivo convoca a extraordinarias, y esto no es lo mismo.
  • Son las reuniones en el recinto de la Cámara de Diputados o del Senado que se realizan entre el 1 de marzo y el 30 de noviembre, tal como lo establece la Constitución nacional.
  • Qué es una sesión del Congreso y, además de las ordinarias y extraordinarias, qué otros tipos de sesiones hay según el propósito de las convocatorias.

En la escuela, las clases suelen arrancar en marzo y terminar a fines de noviembre. En ese mismo período del año los diputados y senadores se dedican a discutir y aprobar leyes. A ese período se le llama “de sesiones ordinarias”.

Lo dice textualmente la Constitución nacional, en su artículo 63º: “Ambas cámaras se reunirán por sí mismas en sesiones ordinarias todos los años desde el 1 de marzo hasta el 30 de noviembre. Pueden también ser convocadas extraordinariamente por el Presidente de la Nación o prorrogadas sus sesiones”.

La Constitución dice que las cámaras se reúnen “por sí mismas” pero lo cierto es que es el presidente de la Nación el que deja inaugurado el período de sesiones ordinarias. Y a eso también lo establece la Constitución, en su artículo 99º (Atribuciones del Poder Ejecutivo), inciso 8.

Es decir que, así como en la escuela se inician las clases con un acto al que van autoridades de la institución educativa, los docentes y los alumnos, la inauguración de las sesiones ordinarias del Congreso también se realiza con un acto que encabeza el Presidente y al que asisten los diputados y los senadores de la Nación, además de otras autoridades invitadas, como los gobernadores, los ministros del Gabinete, diplomáticos, ex presidentes y los jueces de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

Además, así como en el colegio las clases pueden arrancar unos días antes del 1 de marzo y se rinden materias en diciembre, también los diputados y los senadores pueden tener que debatir proyectos en comisiones o en el recinto de la cámara por fuera del período marzo-noviembre.

¿Qué es una sesión y qué significa que sean ordinarias?

Estrictamente, una sesión del Congreso es la reunión a la que están convocados a asistir todos los legisladores de una cámara, diputados o senadores, y se realiza en el recinto. Entonces, el período de sesiones ordinarias es el tiempo durante el cual los diputados y senadores tratan iniciativas en el recinto, pero la actividad de los legisladores no se limita a esas reuniones, porque también hay trabajo en una instancia previa: la de las comisiones.

Además, para realizar una sesión hace falta un número mínimo de diputados y senadores sentados en sus bancas y pueden no convocarse por falta de acuerdo político o porque no se llegue a ese número mínimo, que se llama “quórum”.

Al respecto, la Constitución dice en su artículo 64º que ninguna cámara “entrará en sesión sin la mayoría absoluta de sus miembros”. Es decir, la mitad más uno de sus integrantes, que en Diputados son 129 y en el Senado, 37.

En la Argentina hay 2 tipos de sesiones del Congreso:

  • Las ordinarias: que se llevan a cabo durante el período ordinario de sesiones -del 1 de marzo al 30 de noviembre-. Estas pueden ser de tablas (es decir, en los días y horarios regulares acordados cada año y sin temario específico) o especiales (a pedido de al menos 10 diputados o senadores, según el caso, con sus firmas y para tratar un temario predeterminado, que figura en esa misma solicitud).
  • Las extraordinarias: que se llevan a cabo fuera del periodo ordinario y son convocadas por el Poder Ejecutivo. Por ejemplo, en diciembre, enero y/o febrero.

Pero, como dice la Constitución, las sesiones ordinarias también pueden realizarse más allá del 30 de noviembre cuando son prorrogadas. La única diferencia entre las ordinarias prorrogadas y las extraordinarias es que en este último caso al listado de asuntos a tratar lo define el Presidente por decreto.

Hay otros 2 tipos de sesiones que se diferencian ya no por el momento del año en que se realicen (como las ordinarias y las extraordinarias) sino por un propósito específico:

  • Las informativas: son las convocadas para escuchar el informe del Jefe de Gabinete y para que los legisladores nacionales puedan realizarle preguntas, según lo establece el artículo 101º de la Constitución.
  • Las Asambleas Legislativas: son las reuniones conjuntas de senadores y diputados, que se realizan los 1 de marzo, en el recinto de Diputados (que es más grande que el del Senado) para recibir al presidente de la Nación; cuando mandatarios extranjeros visitan el Congreso argentino, o como la del 2 de enero de 2002, cuando se eligió a Eduardo Duhalde (PJ) como presidente de la Nación, en medio de la crisis institucional tras la caída del gobierno de la Alianza.

Tal como se indica en este artículo del abogado Juan Luis Amestoy, ex director de Información Parlamentaria de la Cámara de Diputados, a la prórroga de sesiones ordinarias la puede disponer el Poder Ejecutivo o los propios legisladores, como lo hicieron, precisamente, en el verano de 2002. 

Finalmente, debe tenerse presente que los períodos de sesiones, sean ordinarias, prorrogadas o extraordinarias, se ajustan, tal como lo indica la Constitución en su artículo 65º, al principio de simultaneidad: “Ambas Cámaras empiezan y concluyen sus sesiones simultáneamente. Ninguna de ellas, mientras se hallen reunidas, podrá suspender sus sesiones más de 3 días, sin el consentimiento de la otra”.

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